Antecedentes no computables: una guía informativa - 3 - diciembre 13, 2023

Antecedentes no computables: una guía informativa

En el ámbito fiscal, los antecedentes no computables son un aspecto crucial a tener en cuenta para evitar posibles problemas con la Agencia Tributaria. En esta guía informativa, te proporcionaremos toda la información necesaria sobre qué son los antecedentes no computables, cómo identificarlos y cómo evitar consecuencias negativas para tu situación fiscal. Sigue leyendo para conocer todo lo que necesitas saber sobre este tema.

¿Cuáles son los antecedentes penales no computables?

Los antecedentes penales no computables son aquellos que no deben ser tenidos en cuenta por el juez o tribunal a la hora de dictar una sentencia. Según el artículo 136.5 del Código Penal, los antecedentes no son computables cuando son cancelables, incluso si la cancelación no ha sido solicitada de oficio o a petición del interesado, independientemente de la razón.

¿Cuánto tiempo tiene que pasar para borrar antecedentes penales?

¿Cuánto tiempo tiene que pasar para borrar antecedentes penales?

Los Antecedentes Penales pueden cancelarse si, después de terminarse el cumplimiento de una pena, la persona no ha cometido un nuevo delito, en un periodo que varía entre 6 meses y 10 años, dependiendo de la gravedad del delito. En el caso de delitos leves, el plazo de cancelación es de 6 meses; para delitos menos graves, el plazo es de 2 años; para delitos graves, el plazo es de 3 años; y para delitos muy graves, el plazo es de 5 años. Además, si se trata de delitos que lleven aparejada una pena de prisión que no exceda de 3 años, el plazo de cancelación es de 5 años, y si la pena impuesta es superior a 3 años, el plazo de cancelación es de 10 años.En el caso de haber sido condenado por algún delito y cumplido la pena correspondiente, la persona puede solicitar la cancelación de sus Antecedentes Penales presentando una solicitud ante el Ministerio de Justicia o el juzgado que dictó la sentencia. Es importante destacar que durante el plazo establecido para la cancelación de los antecedentes, la persona debe mantenerse sin cometer nuevos delitos, de lo contrario, el periodo de cancelación se reiniciará. Es fundamental asesorarse con un abogado especializado en derecho penal para llevar a cabo este proceso de cancelación de antecedentes penales de forma adecuada.

Los Antecedentes Penales pueden cancelarse si, después de terminarse el cumplimiento de una pena, la persona no ha cometido un nuevo delito, en un periodo que varía entre 6 meses y 10 años, dependiendo de la gravedad del delito. En el caso de delitos leves, el plazo de cancelación es de 6 meses; para delitos menos graves, el plazo es de 2 años; para delitos graves, el plazo es de 3 años; y para delitos muy graves, el plazo es de 5 años. Además, si se trata de delitos que lleven aparejada una pena de prisión que no exceda de 3 años, el plazo de cancelación es de 5 años, y si la pena impuesta es superior a 3 años, el plazo de cancelación es de 10 años.

En el caso de haber sido condenado por algún delito y cumplido la pena correspondiente, la persona puede solicitar la cancelación de sus Antecedentes Penales presentando una solicitud ante el Ministerio de Justicia o el juzgado que dictó la sentencia. Es importante destacar que durante el plazo establecido para la cancelación de los antecedentes, la persona debe mantenerse sin cometer nuevos delitos, de lo contrario, el periodo de cancelación se reiniciará. Es fundamental asesorarse con un abogado especializado en derecho penal para llevar a cabo este proceso de cancelación de antecedentes penales de forma adecuada.

¿Qué significa antecedentes cancelables?

¿Qué significa antecedentes cancelables?

Los antecedentes penales -y los policiales- son cancelables ; constituye un derecho de toda persona el obtener la cancelación de unos datos perniciosos y desfavorables cuando se cumplen los requisitos establecidos legalmente. Para que los antecedentes penales sean cancelables, es necesario que haya transcurrido un determinado período de tiempo desde la comisión del delito, que la persona haya cumplido con las penas impuestas y que no haya vuelto a cometer delitos durante ese tiempo. Una vez cumplidos estos requisitos, la persona puede solicitar la cancelación de sus antecedentes penales, lo que implica que ya no figurarán en su historial delictivo.

La cancelación de antecedentes penales es de gran importancia, ya que permite a las personas rehabilitadas reintegrarse a la sociedad de manera plena, sin que su pasado delictivo les siga afectando. Esta medida contribuye a la reinserción social y laboral de quienes han cometido delitos en el pasado, brindándoles la oportunidad de comenzar de nuevo. Es importante destacar que la cancelación de antecedentes penales no implica la eliminación de los hechos delictivos, pero sí supone que ya no serán tenidos en cuenta a la hora de evaluar la conducta de la persona en el futuro.

¿Cuándo se considera que una persona tiene antecedentes penales?

¿Cuándo se considera que una persona tiene antecedentes penales?

Una persona se considera que tiene antecedentes penales cuando existe una constatación oficial de que ha sido condenada en sentencia firme por la comisión de uno o más delitos. Estos antecedentes penales quedan registrados en un fichero oficial, como el Registro Central de Penados y Rebeldes, y pueden ser consultados por las autoridades competentes en el marco de procedimientos judiciales o administrativos.

Además, es importante destacar que los antecedentes penales pueden tener consecuencias en diversos ámbitos de la vida de la persona, como en el acceso a ciertos empleos, la obtención de determinados permisos o licencias, y en el ámbito de la inmigración. En algunos casos, existen mecanismos legales para la cancelación o el levantamiento de antecedentes penales, pero en general, la existencia de estos antecedentes puede tener implicaciones significativas en la vida de la persona condenada.

¿Cuándo no son computables los antecedentes penales?

Los Antecedentes Penales pueden cancelarse si, después de terminarse el cumplimiento de una pena, la persona no ha cometido un nuevo delito, en un periodo que varía entre 6 meses y 10 años, dependiendo de la gravedad del delito. Se trata de la constancia oficial de que una persona ha sido condenada por sentencia firme por haber cometido un delito. Es decir, que la sentencia condenatoria no permita la interposición de recurso alguno.

Los antecedentes penales no son computables en los siguientes casos:

  • Si han pasado más de 10 años desde que se cometió el delito, en el caso de delitos graves.
  • En el caso de delitos leves, no son computables si han pasado más de 6 años desde que se cometió el delito.